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	<title>Comentarios en: Ser vigilante de seguridad es aburrido</title>
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	<description>Vídeos, chistes, imágenes curiosas, y paranoias varias para pasar un gran rato. ¡Más de 2000 artículos te esperan en este blog de humor!</description>
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		<title>Por: dtv</title>
		<link>http://rufadas.com/2008/03/03/ser-vigilante-de-seguridad-es-aburrido/comment-page-1/#comment-73416</link>
		<dc:creator>dtv</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 10 Jan 2011 16:46:19 +0000</pubDate>
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		<description>fcr El movil laboral esta a la orden del dia,amenazas insultos si eres mujer te maltrataran como si fueras lo mas peor,por que hay hombres que cuando se fustran destrullen lo mas admirable y ajeno por que lo ven como amenaza directa a su insignificante intelegencia,¡¡gracias por tu comentario!!
Las fotos son trucadas y deveriamos denunciar por que nos insulta y desprestigia nuestro trabajo JA y JA me rio yo, que seamos la sota de bastos vale pero ya a ser los bellos durmientes..........................quien las hizo es un jilipollas y .</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>fcr El movil laboral esta a la orden del dia,amenazas insultos si eres mujer te maltrataran como si fueras lo mas peor,por que hay hombres que cuando se fustran destrullen lo mas admirable y ajeno por que lo ven como amenaza directa a su insignificante intelegencia,¡¡gracias por tu comentario!!<br />
Las fotos son trucadas y deveriamos denunciar por que nos insulta y desprestigia nuestro trabajo JA y JA me rio yo, que seamos la sota de bastos vale pero ya a ser los bellos durmientes&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;..quien las hizo es un jilipollas y .</p>
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		<title>Por: jorge soto</title>
		<link>http://rufadas.com/2008/03/03/ser-vigilante-de-seguridad-es-aburrido/comment-page-1/#comment-73415</link>
		<dc:creator>jorge soto</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 10 Jan 2011 15:34:00 +0000</pubDate>
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		<description>:cool:Hay un dicho que dice Vigilante que no duerme no es un Vigilante,claro tampoco asi en el lente, perdono al sr de edad que la empresa no lo indigniza para que valla a descanzar ya trabajo mucho y que de los hijos que no lo alludan pobre!.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p> <img src='http://rufadas.com/wp-includes/images/smilies/icon_cool.gif' alt=':cool:' class='wp-smiley' /> Hay un dicho que dice Vigilante que no duerme no es un Vigilante,claro tampoco asi en el lente, perdono al sr de edad que la empresa no lo indigniza para que valla a descanzar ya trabajo mucho y que de los hijos que no lo alludan pobre!.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Kase-o</title>
		<link>http://rufadas.com/2008/03/03/ser-vigilante-de-seguridad-es-aburrido/comment-page-1/#comment-69954</link>
		<dc:creator>Kase-o</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 04 Nov 2009 22:52:36 +0000</pubDate>
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		<description>Tanto el de prosefull como el de securitas, que son los dos unicos que pueden dar lugar a duda, ya que los demás se vé claramente que no son españoles, por el echo que lleven el uniforme de una de esas dos empresas, no significa que sean Vigilantes de Seguridad Españoles, pues esas empresas están presentes en muchos mas paises y sobre todo en latinoamerica que es de donde parece que son, y además los uniformes que llevan por alli son iguales.

Un saludo.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Tanto el de prosefull como el de securitas, que son los dos unicos que pueden dar lugar a duda, ya que los demás se vé claramente que no son españoles, por el echo que lleven el uniforme de una de esas dos empresas, no significa que sean Vigilantes de Seguridad Españoles, pues esas empresas están presentes en muchos mas paises y sobre todo en latinoamerica que es de donde parece que son, y además los uniformes que llevan por alli son iguales.</p>
<p>Un saludo.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: elazote</title>
		<link>http://rufadas.com/2008/03/03/ser-vigilante-de-seguridad-es-aburrido/comment-page-1/#comment-67750</link>
		<dc:creator>elazote</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 20 Apr 2009 14:42:10 +0000</pubDate>
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		<description>http://lamiradadelvigilante.foroactivo.net/forum.htm

A ver si asi se os pega algo.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://lamiradadelvigilante.foroactivo.net/forum.htm" rel="nofollow">http://lamiradadelvigilante.foroactivo.net/forum.htm</a></p>
<p>A ver si asi se os pega algo.</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: VINDI</title>
		<link>http://rufadas.com/2008/03/03/ser-vigilante-de-seguridad-es-aburrido/comment-page-1/#comment-67404</link>
		<dc:creator>VINDI</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 30 Mar 2009 01:53:26 +0000</pubDate>
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		<description>a mas de uno os pondria yo a trabajar 14 horas haciendo dobletes 


Eso que comentas,a parte de ilegal es totalmente inhumano y quien se ofrece a eso,creo que deberia de comprarse un poco de dignidad con los cuatro duros que esta ganando,con las horas que hace quitando puestos de trabajo a los demas vigilantes de seguridad.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>a mas de uno os pondria yo a trabajar 14 horas haciendo dobletes </p>
<p>Eso que comentas,a parte de ilegal es totalmente inhumano y quien se ofrece a eso,creo que deberia de comprarse un poco de dignidad con los cuatro duros que esta ganando,con las horas que hace quitando puestos de trabajo a los demas vigilantes de seguridad.</p>
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	<item>
		<title>Por: caramel</title>
		<link>http://rufadas.com/2008/03/03/ser-vigilante-de-seguridad-es-aburrido/comment-page-1/#comment-67403</link>
		<dc:creator>caramel</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 30 Mar 2009 01:16:13 +0000</pubDate>
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		<description>Hombre la verdad, que pienso que es un insulto a nuestra profesion, que dicen que no hacemos bien nuestro trabajo y nos kedadmos dormidos, a mas de uno os pondria yo a trabajar 14 horas haciendo dobletes y en una mier.d de empresa como grupo control seguridad, que no paga las horas extras de en año en año, y sin declararlas a hacienda, ya veriais lo que es bueno!!!</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hombre la verdad, que pienso que es un insulto a nuestra profesion, que dicen que no hacemos bien nuestro trabajo y nos kedadmos dormidos, a mas de uno os pondria yo a trabajar 14 horas haciendo dobletes y en una mier.d de empresa como grupo control seguridad, que no paga las horas extras de en año en año, y sin declararlas a hacienda, ya veriais lo que es bueno!!!</p>
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	<item>
		<title>Por: VINDI</title>
		<link>http://rufadas.com/2008/03/03/ser-vigilante-de-seguridad-es-aburrido/comment-page-1/#comment-67251</link>
		<dc:creator>VINDI</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 24 Mar 2009 03:05:21 +0000</pubDate>
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		<description>Que quereis que os diga...
al ver al Califa por aqui,simplemente me he sentido,aliviado...jej.

Esas fotos a parte de ser mas antiguas que el juego de la pita,
es evidente que esos personajes no son vigilantes de seguridad...

No dudo que esta página ó blog sea de humor y no hay malas intenciones en ridiculizarnos,pero estamos ya bastante quemados,con el asuntito en cuestión...
Si en este pais,se respetase y cumpliesen las leyes...
ahora quizas no estuviesemos hablando sobre esto.

Un saludo al blog y en especial al amigo Califa.


Ley de Seguridad Privada

Artículo 23. 
El personal que desempeñe funciones de seguridad privada podrá incurrir en las siguientes infracciones:
1. Infracciones muy graves:
a) La prestación de servicios de seguridad a terceros por parte del personal no integrado en empresas de seguridad, careciendo de la habilitación necesaria.

Artículo 27. 
Las autoridades competentes para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ley podrán imponer, por la comisión de las infracciones tipificadas en el artículo 23 y de acuerdo con lo establecido, en su caso, en las reglamentaciones específicas, las siguientes sanciones:
1. Por la comisión de infracciones muy graves:
a) Multas de 500.001 hasta 5.000.000 de pesetas.

Reglamento de Seguridad Privada

Artículo 53. Requisitos generales. (Modificado por el Real Decreto 4/2008, de 11 de enero)
Para la habilitación del personal y en todo momento para la prestación de servicios de seguridad privada, el personal habrá de reunir los siguientes requisitos generales: 
d) Carecer de antecedentes penales. 
e) No haber sido condenado por intromisión ilegítima en el ámbito de protección del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, del secreto de las comunicaciones o de otros derechos fundamentales en los cinco años anteriores a la solicitud. 
f) No haber sido sancionado en los dos o cuatro años anteriores, respectivamente, por infracción grave o muy grave en materia de seguridad. 
i) Superar las pruebas que acrediten los conocimientos y la capacitación necesarios para el ejercicio de las respectivas funciones. 

Artículo 151. Infracciones muy graves. 
El personal que desempeñe funciones de seguridad privada, podrá incurrir en las siguientes infracciones muy graves:
1. La prestación de servicios de seguridad a terceros por parte de personal no integrado en empresas de seguridad, careciendo de la habilitación necesaria, lo que incluye:
a) Prestar servicios de seguridad privada sin haber obtenido la tarjeta de identidad profesional correspondiente o sin estar inscrito, cuando proceda, en el pertinente registro.
b) Ejercer funciones de seguridad privada distintas de aquellas para las que se estuviere habilitado.
6. La comisión de una tercera infracción grave en el período de un año.

Reglamentos ó leyes,muy claras y directas,
Muy bonitas escritas,pero que no suelen tener demasiada consideración,
ni preocupación,por quienes deberian de hacerlas respetar...

Don dinero y don vista hacia otro lado,mandan por encima de ellas

por lo tanto,en mi opinión son &quot;leyes adorno&quot;

Un saludo y ánimo

quizás algun dia,estemos hablando de otras cosas...
la esperanza es lo ultimo que debemos perder.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Que quereis que os diga&#8230;<br />
al ver al Califa por aqui,simplemente me he sentido,aliviado&#8230;jej.</p>
<p>Esas fotos a parte de ser mas antiguas que el juego de la pita,<br />
es evidente que esos personajes no son vigilantes de seguridad&#8230;</p>
<p>No dudo que esta página ó blog sea de humor y no hay malas intenciones en ridiculizarnos,pero estamos ya bastante quemados,con el asuntito en cuestión&#8230;<br />
Si en este pais,se respetase y cumpliesen las leyes&#8230;<br />
ahora quizas no estuviesemos hablando sobre esto.</p>
<p>Un saludo al blog y en especial al amigo Califa.</p>
<p>Ley de Seguridad Privada</p>
<p>Artículo 23.<br />
El personal que desempeñe funciones de seguridad privada podrá incurrir en las siguientes infracciones:<br />
1. Infracciones muy graves:<br />
a) La prestación de servicios de seguridad a terceros por parte del personal no integrado en empresas de seguridad, careciendo de la habilitación necesaria.</p>
<p>Artículo 27.<br />
Las autoridades competentes para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ley podrán imponer, por la comisión de las infracciones tipificadas en el artículo 23 y de acuerdo con lo establecido, en su caso, en las reglamentaciones específicas, las siguientes sanciones:<br />
1. Por la comisión de infracciones muy graves:<br />
a) Multas de 500.001 hasta 5.000.000 de pesetas.</p>
<p>Reglamento de Seguridad Privada</p>
<p>Artículo 53. Requisitos generales. (Modificado por el Real Decreto 4/2008, de 11 de enero)<br />
Para la habilitación del personal y en todo momento para la prestación de servicios de seguridad privada, el personal habrá de reunir los siguientes requisitos generales:<br />
d) Carecer de antecedentes penales.<br />
e) No haber sido condenado por intromisión ilegítima en el ámbito de protección del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, del secreto de las comunicaciones o de otros derechos fundamentales en los cinco años anteriores a la solicitud.<br />
f) No haber sido sancionado en los dos o cuatro años anteriores, respectivamente, por infracción grave o muy grave en materia de seguridad.<br />
i) Superar las pruebas que acrediten los conocimientos y la capacitación necesarios para el ejercicio de las respectivas funciones. </p>
<p>Artículo 151. Infracciones muy graves.<br />
El personal que desempeñe funciones de seguridad privada, podrá incurrir en las siguientes infracciones muy graves:<br />
1. La prestación de servicios de seguridad a terceros por parte de personal no integrado en empresas de seguridad, careciendo de la habilitación necesaria, lo que incluye:<br />
a) Prestar servicios de seguridad privada sin haber obtenido la tarjeta de identidad profesional correspondiente o sin estar inscrito, cuando proceda, en el pertinente registro.<br />
b) Ejercer funciones de seguridad privada distintas de aquellas para las que se estuviere habilitado.<br />
6. La comisión de una tercera infracción grave en el período de un año.</p>
<p>Reglamentos ó leyes,muy claras y directas,<br />
Muy bonitas escritas,pero que no suelen tener demasiada consideración,<br />
ni preocupación,por quienes deberian de hacerlas respetar&#8230;</p>
<p>Don dinero y don vista hacia otro lado,mandan por encima de ellas</p>
<p>por lo tanto,en mi opinión son &#8220;leyes adorno&#8221;</p>
<p>Un saludo y ánimo</p>
<p>quizás algun dia,estemos hablando de otras cosas&#8230;<br />
la esperanza es lo ultimo que debemos perder.</p>
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